Normal
0
21
false
false
false
MicrosoftInternetExplorer4
Por:Dra. Edith Verónica Junco
La ley 24.635 y decreto 1169/96 (luego reformado por decreto 1.347/99) han introducido en nuestro sistema
legal el Servicio de Conciliación Laboral
Obligatoria(Seclo), que funciona
bajo la órbita del Ministerio de Trabajo y que se inició el l° de agosto de
1997. Esta instancia es un requisito previo a la promoción de cualquier demanda
judicial laboral en el ámbito de la Capital Federal, con las únicas excepciones que
la ley indica.
El trabajador
inicia el trámite ante el S.E.C.L.O. presentando un formulario
con los datos y la expresión de objeto y monto del reclamo. Se sortea
conciliador y se convoca a las partes a una audiencia a la que deberán
concurrir con asistencia letrada.
Aquí es donde ud trabajador debe prestar la mayor atención:
Muchas empresas ofrecen nombrarle un abogado a ud -con el argumento que así se evitará gastar plata en honorarios-.
ATENCION!!!!!!!! EL ABOGADO LO NOMBRA LA EMPRESA Y LE PAGA LA EMPRESA. POR ENDE NO ES DIFICIL DEDUCIR QUE DICHO ABOGADO QUE DEBE DEFENDERLO A UD, EN REALIDAD ESTA PARA ASEGURARSE QUE QUIEN SE BENEFICIE SEA LA EMPRESA.
SI! UD DEBERA ABONAR HONORARIOS A SU ABOGADO, PERO LE GARANTIZO QUE LA GANANCIA SERA SUYA Y NO DE LA EMPRESA!
LOS ABOGADOS LABORALISTAS COBRAN HONORARIOS POR PORCENTAJE. ES DECIR: COBRAN UN PORCENTAJE DE LO QUE UD GANE. POR ELLO, PARA SU ABOGADO ES CONVENIENTE GANAR EL PLEITO POR LA MAYOR SUMA DE DINERO POSIBLE -YA QUE EL GANARA UN PORCENTAJE DE ESE DINERO-.
De llegarse a un
acuerdo y significar el mismo una justa composición de los intereses de las
partes en los términos del Art.
15 de la LCT, el Ministerio lo homologa. De no lograrse acuerdo, se
extiende un certificado al interesado, que lo habilita para interponer la
demanda judicial.
El
Poder Judicialen nuestro país está organizado en general
sobre la base dé un sistema que cuenta con diversas instancias. Comienza con
jueces de Primera Instancia que sustancian el caso hasta llegar a la sentencia.
Luego cámaras de apelaciones en Segunda Instancia, y recursos
extraordinarios o especiales a cortes provinciales (en su caso) y a la Corte Suprema de
Justicia de la Nación.
En el caso
particular de la
Justicia Nacional Laboral de la Capital Federal,
existen juzgados de Primera Instancia del Trabajo y una Cámara Nacional de
Apelaciones del Trabajo dividida en salas. La competencia
se fija por la materia (conflictos originados en las relaciones individuales y
colectivas del trabajo) y la jurisdicción territorial por el lugar del trabajo
o el de celebración del contrato o el del domicilio del trabajador; a opción de
éste.
El procedimiento
está establecido por la ley 18.345 y sus reformas (la última por medio de la
ley 24.635), texto ordenado por decreto 106/98.
El juicio se
sustancia con la demanda, contestación cl demanda, ofrecimiento y producción de
las pruebas; alegatos, sentencia de Primera Instancia, recurso ordinario de
apelación, sentencia de Segunda Instancia en su caso, recursos especiales ante la Corte Suprema. El
procedimiento es en su totalidad escrito.
En la provincia de
Buenos Aires existe una única instancia a cargo de Tribunales del Trabajo
colegiados compuesto por tres jueces, con posibilidad restringida de recursos
extraordinarios ante la
Suprema Corte provincial. El procedimiento está establecido
por la ley provincial N° 11.653 (sancionada en 1995) y es en parte escrito
y en parte oral en la audiencia de vista de causa en que se produce la prueba confesional, testimonial y aclaraciones de los
peritos y se formulan los alegatos.
El
plazo de prescripción
laboral de los reclamos es de dos años, dentro del cual el trabajador tiene la posibilidad de
interponer la acción, y transcurrido el mismo esa facultad se extingue.
ANTE CUALQUIER DUDA, NO DEJE DE CONSULTAR CON LOS UNICOS QUE SABEN DERECHO: LOS ABOGADOS!!!
En un juicio laboral, en Capital Federal, la demandada vencida apelay expresa agravios. Alguien comentó que puede pedirse una audiencia de conciliación en Cámara. Es eso posible? Yo creo que no, porque no está prevista en el código esa posibilidad, y porque el juez ya se habría desprendido de la jurisdicción (el famoso efecto devolutivo), pero les consulto esa duda. Muchas gracias. ME
En un juicio laboral, en Capital Federal, la demandada vencida apelay expresa agravios. Alguien comentó que puede pedirse una audiencia de conciliación en Cámara. Es eso posible? Yo creo que no, porque no está prevista en el código esa posibilidad, y porque el juez ya se habría desprendido de la jurisdicción (el famoso efecto devolutivo), pero les consulto esa duda. Muchas gracias. ME
BUENOS DIAS JOSE. LOS HONORARIOS DE TU ABOGADO, DEPENDEN DE SI FIRMASTE UN CONVENIO CON EL Y SUS CLAUSULAS. NO CONOZCO LAS CIRCUNSTANCIAS DE TU CASO, PERO ES EXTRAÑO QUE NO HAYAS QUERIDO INICIAR EL JUICIO. ESTOY A TU DISPOSICION. MUCHAS GRACIAS.
TE COMENTO QUE ES CIERTO LO QUE EXPRESAS. PERO NO OLVIDES QUE EL JUEZ SIEMPRE TIENE LA FACULTAD DE CONCILIAR. SI LOS ABOGADOS TIENEN VOLUNTAD DE ELLO, DEBEN SOLICITARLO EN CAMARA Y ESPERAR, DEPENDERA DE LA POSTURA LA CAMARA.
HOLA BUENAS TARDES:ME DIJERON Q EL SECLO ESTA DE FERIA JUDICIAL,A MI ME HECHARON EN DICIEMBRE Y NO PUDE COBRAR NADA TODAVIA Y HASTA FEBRERO NO LO VOY A PODER HACER ES CIERTO???MUCHAS GRACIAS!!
tengo la primera conciliacion en una semana , mi duda es si me conviene ir a juicio o tratar de arreglar en la conciliacion , mi caso es muy facil demostrar que me pagaban en negro y tengo minimo 5 testigos para llevar y no tengo problema de esperar la sentencia ,. pero me conviene esperar o no? gracias
Hola buenos dias , quería consultar lo siguiente : si uno comienza con un abogado el tema de un despido , y se mandan dos cartas documento pero no se llega a conciliacion porque la empresa ofrece una X cantidad de dinero y la persona necesita el dinero si o si . El abogado puede cobrar el 20% COMO SI HUBIESE IDO A JUICIO , SI NI SE LLEGO SIQUIERA A CONCILIACION OBLIGATORIA ? QUE DEBERIA COBRAR REALMENTE ?GRACIAS
Buenas tardes, fuimos a la audiencia de conciliación y no hubo acuerdo con mi empleador, Quisiera saber en caso que yo (trabajador) no quiera ir a juicio, si tengo que pagar la mediación,y no veo que los argumentos que expone mi abogado sean válidos y tengo temor a perder el juicio, con lo que significaria plata que no tengo (estoy desocupado). Gracias por responder.
Buenas tardes: Me despidieron en Mayo del 2012, envie CD a la empresa en Mayo 2014 por pagos en negro (adicionales a mi sueldo y no liquidados...logico)despues de 10 años de trabajo. El tema es que solo tenia un testigo y necesitaba 2 y ahora a ppios de Mayo de 2015 consigo el 2do. Por otro lado mi abogada dice que no quiere mi caso porque "estamos muy al limite de tiempos", pero le avise a ella el dia 08/05/15 por mail,1 semana dice que no atendio y hoy 22/05 me dice que ella quiere por lo menos 2 meses de tiempo para tomar un caso. Jamas me notifico por escrito sus "clausulas", pero conseguir un testigo a veces es complejo. Es asi? es tannn complejo hacer un tramite de conciliacion en el seclo? si no soluciono antes del 29/05 me prescribe la demanda.PUEDEN RESPONDERME A MI MAIL?
buenas tardes..mi consulta es porque labore durante dos años y 4 meses en negro,,me empezaron a hacer la vida imposible y fui a consultar con una abogada,,ya culmine con todo lo requerido,,osea telegramas mi dni,,etc..pero el tema es que tengo miedo y mucha certeza que mi abogada haya arreglado con ellos porque cada vez que voy en vez de darme para adelante me dce que si ellos no se presntan y no quieren pagarme lo pueden hacer ,,y con una audiencia puede llegar a tardar tres meses ..por favor necesito asesoramiento,,para poder saber donde estoy ubicada,,muchas gracias atte: veronica cornejo
buenas tardes dra:la conciliacion tendria que ser en provincia ya que mi ex empleador se encuentra alli,,y lo que la abogada me dijo es que una audiencia me podria llegar a tardar de dos a tres meses,,,muchas gracias VERONICA CORNEJO.
A cargo de servicio medico sin relación de dependencia ( en negro) 17 años de antigüedad Operado en el ultimo año dos veces de cáncer de colon Ultimo sueldo ( $ 39.100 a través de AFIP como monotributista) me ofrecen retiro voluntario ofrecen 300.000 yo solicito 10 sueldos mas 1 por cada año.es correcto mi pedido ?
mi consulta es por los honorarios en una conciliacion ene le seclo mi abogado cobro de parte de la empresa sus honorarios los cuales me entere porque la empresa me lo dijo y despues lo vi homologado y me cobro a mi el mismo porcentaje el cual pague, y en vez de darme un recibo o factura C, me dio un papel firmado por el que dice que ellos estan desinteresados en cobrame asesoramiento y no me cobran nada por el trabajo de la conciliacion en el seclo. me cobr 200.000 pesos, encima entre lo que se cobro de los dos lados cobro mas que yo en los 16 años en negro que reclamaba. que hago le pido que me devuelva mi plata?
mi consulta es extensa y con varias facetas del problema me puedo presentar en seclo y alguien me oriente nos despidieron y nos dijieron toda clase de cosas que no se sin son verdad .......y que me informen como va esto ..aclaro nos despidieron por fuerza mayor o sea clausura y nos dijieron que fue aprobada..se puede saber si fue asi gracias
mi consulta es extensa y con varias facetas del problema me puedo presentar en seclo y alguien me oriente nos despidieron y nos dijieron toda clase de cosas que no se sin son verdad .......y que me informen como va esto ..aclaro nos despidieron por fuerza mayor o sea clausura y nos dijieron que fue aprobada..se puede saber si fue asi gracias
mi consulta es , despues de haber mandado todas las cartas que mi abogado me dijo cuanto tiempo tarda masomenos en darnos la fecha para la primera conciliacion obligatoria
Me accidente en trabajo hace 8 años y me dieron 0 incapacidad me dijeron lesión crónica y me llego una carta del juzgado del trabajo de rosario por conciliación obligatoria q es
Me accidente en trabajo hace 8 años y me dieron 0 incapacidad me dijeron lesión crónica y me llego una carta del juzgado del trabajo de rosario por conciliación obligatoria q es
en mi caso es un reclamo laboral que estamos por acordar el pago en el seclo,la pregunta es la siguiente ¿ que prentaje le corresponde al abogado por un arrelo? ¿ como se arreglan los pagos porque no puedo operar en el banco por una deda?
En estos ultimos años me encuentro desocupado y con mis padres producto de su edad adulta sufren enfermedades que requieren mi atención tanto fisica emocional como dinerarias, lamentablemente estoy imposibilitado en algunos aspectos para poder ayudarles. Estoy con un juicio laboral hace 4 años sin resolver mis abogados no se encuentran conformes con ofrecimientos dictados, el ultimo ofrecimiento no ofrecio nada la empresa demandada teniendo la aprobacion del juez, mis abogados decidieron enviarlo a camara, me dijeron como puedo ganarlo como perderlo, Yo mientras tanto estoy con tratamiento de mi enfermedad que no quiren reconocer la empresa que contraje en mi lugar de trabajo. Me siento impotente ¿Que puedo hacer? Lo saluda atentamante Paulo Cane
Hola quisiera consultarte si en el seclo el empleador tiene que abonar los honorarios del abogado del empleado. Voy a conciliacion por despido y no se si tengo que pagar yo los honorarios o los paga mi ex-patron. gracias
hola, trabajo en una empresa minera de carbon, nosotros tomamos una medida por el incumplimiento del CCT y deudas de la empresa, la empresa llamo a conciliacion obligatoria, y en la primera reunion la conciliadora dijo retrotraer a la empresa reincorporar a los despedidos, luego de la 2da reunion la conciliadora Insta a dar cumplimiento a la disposicion N°DI-2017-125-APN-SSRL#MT EN PARTICULAR DAR OBSERVANCIA A LOS ART. BAJO LOS APERCIBIMIENTOS ESTIPULADOS en el Anexo IIley 25212, que siginifica?
Hola buenas tardes mi consulta es que mi jefe por falta de produccion me dejo sin trabajo ace ya 6 meses ase un mes me dijo q me envio una notificacion del SECLO para consiliar no me llego dicha notificacion ace dos semanas la volvio a enviar tampoco llego y ace dos dias me dijo que volveria a enviarla. Quisiera saber que puedo acer si ay alguna forma de retirar del correo la notificacion para consiliar o que puedo acer sesde ya muchas gracias.
Si deseas realizarnos una consulta: hacé click en "CONTACTO", allí podrás dejar tu inquietud y nosotros te la responderemos a la brevedad. O bien déjanos un "COMENTARIO" haciendo click al pie de la página. Gracias.